El Tribunal Militar Territorial Quinto, dictó sentencia del juicio celebrado el pasado 4 de diciembre.
![]() |
| Agente y representantes saliendo del acuartelamiento (Foto: AUGC). |
El fiscal pedía suspensión de empleo y 6 meses de cárcel, por viajar a la península estando de baja.
El Tribunal Militar Territorial Quinto, con sede en Santa Cruz de Tenerife, ha dictado sentencia absolutoria para un guardia civil que fue juzgado el pasado 4 de diciembre en el Juzgado Militar de Almeyda, acusado de dos presuntos delitos de abandono de residencia.
La resolución judicial descarta la responsabilidad penal del agente y rechaza la petición del Ministerio Fiscal, que solicitaba una pena total de seis meses y dos días de prisión, además de la suspensión de empleo.
La Asociación Unificada de Guardias Civiles (AUGC) tuvo conocimiento de la sentencia el día 15 de diciembre a través de su letrada en Tenerife, Begoña Fleitas, responsable de la defensa jurídica del agente.
El procedimiento se había prolongado durante meses tras varios aplazamientos, después de que el caso fuera elevado a la jurisdicción militar pese a haberse iniciado como un expediente disciplinario por una infracción leve.
Los hechos se remontan al verano de 2024, cuando el guardia civil, destinado en el Puesto Principal de Playa de Las Américas, sufrió un accidente de tráfico que motivó su baja médica.
Durante ese periodo, el agente se desplazó a la península para recibir apoyo y atención familiar.
El agente solicitó un cambio temporal de residencia, pro este fue denegado por la Jefatura de la Comandancia, pese a no existir contraindicación médica para el traslado.
No dejó de ir a todas las citas médicas.
Según recoge la sentencia, el guardia civil no dejó de acudir a todas las citas médicas a las que fue convocado, permaneció localizable en todo momento y atendió los requerimientos de sus superiores.
Inicialmente tales hechos motivaron la apertura de un expediente disciplinario por una infracción leve contemplada en la Ley Orgánica del Régimen Disciplinario de la Guardia Civil, por el incumplimiento del deber de residencia, que finalmente derivó en una imputación de un delito de abandono de residencia tras elevar lo inicialmente actuado a un Tribunal Militar.
En la sentencia del Tribunal Militar que lo juzgó tras varios aplazamientos de la vista se indica que el guardia civil, estando de baja.
“Permanece incólume el derecho a desplazarse libremente sin más limitaciones que aquellos desplazamientos que perjudiquen o no favorezcan la recuperación del enfermo”.
Estos desplazamientos serán compatibles con la ausencia de la residencia siempre que dicha ausencia no impida, entorpezca, dificulte o limite, de manera concreta y tangible, los deberes de localización, de disponibilidad y de control del guardia civil, señala el auto.
![]() |
| Agente y representantes entrando en el acuartelamiento (Foto: AUGC). |
La baja médica no implica un encierro obligatorio.
El tribunal subraya que la situación de baja médica no implica un "encierro obligatorio" del enfermo y que el derecho al desplazamiento es compatible con el deber de residencia, siempre que no se vean comprometidas las obligaciones de localización, disponibilidad y control, circunstancias que no se produjeron en este caso.
La resolución judicial concluye que el agente actuó dentro de la legalidad y que su conducta no encaja en el tipo penal aplicado, absolviéndolo de ambos delitos de abandono de residencia y dejando sin efecto cualquier medida accesoria.
Desde AUGC valoran la sentencia como un respaldo a los derechos fundamentales de los guardias civiles y han reiterado su reivindicación de una reforma legislativa que limite la aplicación del Código Penal Militar en el ámbito policial.
La asociación considera que la normativa vigente sitúa a los guardias civiles en una posición de desigualdad respecto al resto de ciudadanos y vulnera principios como la seguridad jurídica y la libre circulación.
La organización ha felicitado públicamente a su equipo jurídico y en especial a la letrada Begoña Fleitas y al guardia civil absuelto, destacando que el caso ha contribuido a reforzar derechos colectivos dentro del cuerpo y a visibilizar las dificultades derivadas de la insularidad en Canarias.
Fuente: Policía Local de Canarias Blog.














0 comentarios :
Publicar un comentario
POLICÍA LOCAL DE CANARIAS BLOG, no se hace responsable de los comentarios de sus lectores, no obstante, se reserva el derecho de eliminar aquellos que atenten a derechos individuales y/o colectivos, así como aquellos que vayan en contra de la legalidad vigente.