Un inspector del Cuerpo Nacional de Policía ha sido condenado como autor de una falta de coacciones.
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| Sede del Juzgado de Instrucción número 4 de La Laguna (Foto: Policía Local de Canarias Blog). |
Gritó y afeó la conducta de una ciudadana con el agravante de que se identificó como Policía.
Los hechos además tuvieron lugar delante del hijo menor de la víctima y frente a su comunidad escolar, tal y como se recoge en una sentencia.
Esta decisión judicial, dictada por la titular del Juzgado de Instrucción Número 4 de La Laguna y contra la que cabe recurso de apelación, condena al policía una multa cuyo montante total es de 120 euros, ya que la condena por la referida falta de coacciones (prevista y penada en el artículo 620.2 del Código Penal), es de veinte días de multa a razón de seis por día.
Además el agente tendrá que asumir las costas del proceso.
Según relata la magistrada como probado, el inspector requirió la presencia de agentes de la Policía Local para “ordenarles” que retirasen un vehículo que obstaculizaba la salida del suyo, a lo que se negaron dado que no existía placa de vado ni línea longitudinal amarilla ni señal vertical de prohibido estacionar.
“Te voy a denunciar, si no te identificas te detengo”.
Cuando llegó la conductora del vehículo y se subió al mismo para marcharse, el inspector del Cuerpo Nacional de Policía tras dar un toque en la ventanilla y enseñarle su documentación de policía, le dijo que se identificase porque la iba a denunciar.
Al preguntar el motivo de tal denuncia, le respondió que “estaba obstruyendo a la justicia porque hacía tiempo que tenía que estar en el trabajo y que por culpa suya no lo estaba”.
Incluso llegó a decirle que si no se identificaba para denunciarla “como era policía se la podía llevar detenida”.
Ante semejante actitud, la ciudadana preguntó a los Agentes de la Policía Local de La Laguna allí presentes si estaba obligada a identificarse ante cualquier persona, obteniendo como respuesta que no tenía obligación ante quienes no estuvieran debidamente identificados como Agentes de la Autoridad.
El denunciado, que no vestía de uniforme, según explica la sentencia, volvió a sacar su placa, dándole sus datos a la denunciante.
No obstante, el inspector del CNP siguió gritando que la iba a denunciar por obstrucción a la Justicia y que era una falta de respeto estacionar delante de su garaje así como que sabía dónde vivía y que iba a ir a por ella, todo ello delante de un grupo numeroso de personas que salían del colegio al que asiste el hijo de la denunciante, lo que hizo que ésta se sintiera más humillada.
Eso sí, a la llegada de los agentes de la Policía Local, el policía nacional se dirigió a la denunciante y le dijo que “no se preocupara, que no la iba a denunciar”.
Nada Loable.
En sus fundamentos de Derecho, la magistrada asegura que el inspector “utilizó indebidamente su condición de inspector de la Policía Nacional para conseguir su objetivo”.
Para la juzgadora, ha quedado claro que impidió injustificadamente su marcha cuando no había infracción alguna, y que lo hizo movido por “el nada loable ánimo de venganza o castigarla por haberle hecho esperar”.
Fuente: Diario de Avisos.













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