Piden 15 años por abusar de una menor y transmitirle el Virus del Papiloma Humano.
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Palacio de Justicia Tenerife (Imagen de archivo). |
El acusado vivía en el mismo edificio que la menor, su sobrina política.
La Fiscalía ha solicitado una pena de 15 años y dos meses de prisión y el pago de 39.000 euros para un hombre que presuntamente abusó a una menor con funcionamiento intelectual límite, a la que al parecer también trasmitió una enfermedad de trasmisión sexual.
De los 39.000 euros, 30.000 corresponden a una indemnización por daños morales y el resto a gastos sanitarios que debieron afrontar los padres de la menor.
Según la Fiscalía, el funcionamiento intelectual límite es una condición que limita el juicio crítico y convierte a quienes la padecen en personas más dóciles, sugestionables y con menor oposición a las directrices de un adulto
El procesado vivía en un edificio familiar en La Orotava, que compartía este hombre con su pareja sentimental, los padres y la hija de ésta y en otra planta, la menor, de la que era tío político, y sus padres.
El hombre contrajo matrimonio y se trasladó a otra residencia pero siguió frecuentando la de sus suegros, de manera que en al menos dos ocasiones aprovechó esta circunstancia para quedarse a solas con la menor y violarla.
Además, el acusado a sabiendas de que era portador de una enfermedad de transmisión sexual, concretamente virus del papiloma humano, forzó a la menor sin utilizar medidas profilácticas, trasmitiendo dicha enfermedad a la menor.
Por ello, la niña requirió que fuera tratada durante 199 días en los que no pudo llevar a cabo una vida normal.
El acusado tenía una orden de alejamiento de 200 metros.
En su momento se impuso una medida cautelar de alejamiento de 200 metros, que ahora se pide mantener durante diez años, otros seis de libertad vigilada, la obligación de participar en un programa de educación sexual y no poder ejercer trabajo que implique relación con menores durante quince años.
Tras presentarse la nueva denuncia, se impuso como medida cautelar la prohibición de comunicarse con la menor por cualquier medio y una orden de alejamiento de al menos de 200 metros, durante diez años y otros seis de libertad vigilada.
También en caso de ser condenado estará obligado a participar en un programa educativo sexual y no podrá ejercer actividad relacionado con menores durante 15 años.
Fuente: Policía Local de Canarias Blog.
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